Transmisión electrónica obligatoria del manifiesto de carga a partir del 31 de mayo

Transmisión electrónica obligatoria del manifiesto de carga a partir del 31 de mayo

La Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informa a las empresas transmisoras de Manifiestos de Carga (Depósitos Aduaneros Temporales, Consolidadores y Desconsolidadores de Carga, Empresas de Entrega Rápida o Courier, Lineas Aéreas) que a partir del 31 de mayo del 2020, será obligatorio que la transmisión electrónica del manifiesto de carga (mensajes 785 y 632) sea a través del nuevo servicio web del tipo REST desarrollado por la Superintendencia de Administración Tributaria.

Asimismo se informa que, a partir de la fecha indicada, se deshabilitará el envío de manifiestos bajo la modalidad vigente.

La presente disposición se ha divulgado anteriormente a través de los boletines electrónicos de Aduana Moderna números 531, 534, 562 y 619, así como por medio de comunicaciones oficiales que oportunamente se han hecho llegar de parte de la Intendencia de Aduanas a las entidades transmisoras de manifiestos.

Se insta a las empresas que aún no se encuentran preparadas, a que culminen los desarrollos informáticos respectivos a efecto de evitar inconvenientes o atrasos en el despacho aduanero de mercancías.

Cualquier consulta podrá realizarla al correo aduanamoderna@sat.gob.gt

El documento técnico puede ser consultado en el Portal de la SAT o bien dando click acá.