La Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informa que en cumplimiento a las Disposiciones Presidenciales en Caso de Calamidad Pública y órdenes para el estricto cumplimiento por la situación de COVID-19, las aduanas continúan prestando sus servicios normales, y como un mecanismo para minimizar el riesgo de contagio, siempre asegurando la continuidad del despacho, podrá realizarse la verificación física de las mercancías sin la presencia del importador, agente aduanero o de su asistente.
Para realizar la verificación física de las mercancías sin la presencia del Agente Aduanero o sus Asistentes, el importador tendrá que manifestarlo y autorizarlo por escrito, utilizando el mecanismo de Aduana sin Papeles para agregar dicho documento al expediente de la declaración.
En los demás casos, donde no esté habilitada la Aduana Sin Papeles, podrá enviar el documento por correo electrónico dirigido a la administración de aduanas respectiva.